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EL COMITÉ DE BIBLIOTECA

Como se mencionó, la ventaja para el desarrollo bibliotecario, de contar con un Comité o Consejo de biblioteca, debe ser el que se involucra a miembros de toda la comunidad en la mejora de la biblioteca y se establece un contacto permanente con el director o rector de la universidad.

Es común que dentro de una universidad, el organismo encargado del gobierno de su biblioteca sea el Comité o Consejo de Biblioteca. Los acuerdos que se tomen por el Comité se harán del conocimiento del director o rector de la universidad, pero es importante garantizar que los acuerdos que tomen sean congruentes

Cuando el director de la biblioteca ha demostrado ser un administrador capaz, el comité de biblioteca tendrá un papel de asesoramiento, apoyo y respaldo, más que un papel ejecutivo, y le permitirá por lo tanto al bibliotecario la toma de decisiones.

Las resoluciones que tome el Comité surgirán ya sea por mayoría simple de votos de los presentes, o por consenso, según lo establezca el propio Comité.

Con excepción del rector y el director de la biblioteca, la permanencia de los integrantes en el Comité será rotativa.


Objetivos

  • Constituirse como el principal enlace entre director de la biblioteca con la universidad
  • Analizar o sugerir propuestas de adquisición bibliográfica, pertinentes, suficientes y adecuados al plan de estudios
  • Gestionar el presupuesto anual
  • Sugerir e implementar actividades de difusión
  • Redactar reglamentos para el uso de la biblioteca
  • Fijar horarios de apertura
  • Elaborar informes anuales

    (A manera de ejemplo, véanse al final de este apartado los objetivos de la Comisión de biblioteca de la UNAM)


Conformación

Para establecer un Comité o Consejo de biblioteca, se recomienda involucrar a todos los sectores que confluyen en el centro educativo, como son los alumnos, profesores, coordinadores, personal bibliotecario y padres de familia. En ocasiones también podrá integrarse algún representante de una comunidad bibliotecaria externa, a manera de asesor del Comité. Constituyen el Comité de Biblioteca:

  • El director o rector de la institución, quien presidirá el comité. En ausencia del rector, presidirá el secretario académico.
  • El director de la biblioteca, que normalmente funge como secretario y es quien se encarga organizar las reuniones, de preparar la orden del día y elaborar la minuta
  • Un vocal representante de la comunidad docente, de cada plan de estudios (bachillerato, licenciatura, postgrado)
  • Un vocal representante de la comunidad estudiantil por plan de estudios (bachillerato, licenciatura, etc.)
  • Un vocal representante de la planta de coordinadores o directores técnicos
  • Un vocal representante de la comunidad de padres de familia
  • Un o varios asesores ya sea internos o externos, si fuese necesario. Dependiendo la temática a tratar podrán ser expertos en organización bibliográfica, en diseño arquitectónico, en sistema de cómputo, etc. La función específica de los asesores será dictaminar sobre los asuntos que les sean turnados por el Comité.

Actividades a realizar

  • Campañas permanentes de formación de usuarios, dirigidas tanto a alumnos como a profesores;
  • Coordinar y llevar a cabo visitas guiadas temáticas al acervo de la biblioteca;
  • Instalar y actualizar un periódico mural o pizarrón, que informe de nuevas adquisiciones, noticias interesantes, fechas interesantes, etc.;
  • Organizar concursos, visita de autores, lectura del autor del mes, y exposiciones, entre otras.
  • Identificar necesidades de información de los usuarios;
  • Seleccionar los materiales bibliohemerográficos de manera balanceada en todas las áreas del conocimiento, para mantener actualizado el acervo;
  • Instalar buzones de quejas dentro y fuera de la biblioteca, y solucionar los problemas que se presenten;
  • Vigilar que la instalación se mantenga permanentemente limpia y su mobiliario en buen estado;
  • Vigilar que se cumpla con el reglamento y horario de servicios establecidos en el Reglamento.

Convocando al comité

El Comité de biblioteca debe reunirse periódicamente durante el año, recomendándose que lo haga dos o tres veces al año, para no agobiar de trabajo a sus integrantes.

Si fuese necesario, de las reuniones plenarias podrán desprenderse reuniones más pequeñas para tratar los puntos individuales que surjan de las plenarias.


El informe anual

La función del informe anual de biblioteca es presentar al rector o director y a la comunidad en general -incluye alumnos, profesores, personal operativo y padres de familia- y de manera resumida, la información emanada de un ciclo de gestión determinado (año escolar o cronológico).

Los principales elementos que se integran en el informe son:

  • Estadísticas de servicio: préstamos en sala, a domicilio e interbibliotecario
  • Estadísticas de adquisiciones por tipo de material y canal de adquisición: libros, revistas, multimedia, digital y por compra, canje y donación,
  • Estadísticas de proceso: catalogación, descarte y encuadernación
  • Recuento de las actividades de difusión realizadas
  • Recuento en la mejora de las instalaciones: planta física, estantería, mesas, sillas, etc.
  • Presupuesto ejercido en el ciclo
  • Recuento de las reuniones efectuadas por el Comité

Extracto del Reglamento General del Sistema Bibliotecario de la UNAM

CAPÍTULO VII
De las Comisiones de Biblioteca

Artículo 20.- La Comisión tendrá las siguientes funciones:

I. Auxiliar al titular de la dependencia, al Consejo Técnico, Interno o Asesor y al responsable o encargado de la biblioteca;

II. Opinar sobre las políticas de desarrollo y crecimiento de la biblioteca;

III. Colaborar en las tareas de diseño, operación y evaluación de los servicios bibliotecarios y vigilar su aplicación;

IV. Seleccionar el material documental, a partir de las bibliografías básicas que le haga llegar el personal académico, y demás usuarios;

V. Asegurar que las publicaciones que edita la dependencia se encuentren en su biblioteca;

VI. Prever sobre las necesidades presupuestarias de la biblioteca para adquisición de material documental, compra de mobiliario y equipo especializado;

VII. Opinar sobre las necesidades del personal que labore en las bibliotecas y la ampliación de espacios y servicios;

VIII. Coadyuvar en la vigilancia de los recursos destinados a la biblioteca, a fin de que estos sean utilizados para los fines a los cuales fueron asignados;

IX. Presentar al consejo técnico, interno o asesor o a los titulares de las dependencias que no cuenten con ellos, los reglamentos internos de la biblioteca y de la propia comisión, así como las modificaciones a los mismos;

X. Determinar las medidas generales para garantizar los servicios mencionados en el articulo 17 del presente reglamento;

XI. Conocer y vigilar los planes de capacitación, formación y desarrollo profesional del personal bibliotecario;

XII. Las demás que se desprendan de su naturaleza y las que le confiera la legislación universitaria.

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(2) Reglamento general del Sistema Bibliotecario de la UNAM.

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